Última decisión de la Corte frena pago del impuesto al patrimonio para un grupo de empresas

Última decisión de la Corte frena pago del impuesto al patrimonio para un grupo de empresas

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Corte Constitucional suspende segundo pago del impuesto al patrimonio para universidades y empresas en liquidación
La Corte Constitucional de Colombia suspendió provisionalmente el cobro de la segunda cuota del impuesto al patrimonio dirigida a entidades sin ánimo de lucro del régimen especial y organizaciones en proceso de liquidación. La medida fue adoptada el miércoles 29 de abril mediante el Auto 533 de 2026 y regirá para el pago que debía realizarse el 4 de mayo en el territorio nacional.

La decisión tiene alcance únicamente sobre universidades y entidades del mismo régimen, así como sociedades en liquidación, excluyendo al resto de contribuyentes que superan los $10.474 millones en patrimonio. Según las cifras del Ministerio de Hacienda, el primer pago de este impuesto tuvo lugar el 1 de abril, logrando una recaudación de cerca de $4 billones, que aún no satisface el objetivo de $8 billones previsto por las autoridades.

La suspensión responde a cuestionamientos sobre la legalidad del Decreto 173 del 24 de febrero de 2026, expedido en desarrollo de la segunda emergencia económica. El alto tribunal decidió otorgar la medida cautelar mientras se estudia la demanda de constitucionalidad ante objeciones de diferentes gremios y tomando en cuenta antecedentes ocurridos en fallos previos sobre temas de financiación durante emergencias.

La Corte aclaró que la medida es temporal y no implica la eliminación definitiva del impuesto ni la evaluación de fondo respecto a su legalidad. El trámite del estudio constitucional sobre los actos legislativos emitidos por el Gobierno seguirá su curso en las próximas semanas según informó el tribunal.

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