Los contribuyentes con obligaciones tributarias y no tributarias en mora ante la Gobernación de Antioquia cuentan con un plazo hasta el próximo 15 de septiembre para ponerse al día y aprovechar descuentos entre el 70 % y el 90 % en sanciones e intereses de mora, según lo establecido en la Ordenanza 10 de 2026 aprobada por la Asamblea Departamental.
Alcance y beneficios de la Ordenanza 10 de 2026
Este beneficio aplica a un amplio conjunto de obligaciones departamentales, tanto tributarias como no tributarias, dirigidas a contribuyentes que presentan moras en sus pagos con la administración departamental. La medida busca facilitar el pago de las deudas pendientes y fortalecer el recaudo del departamento, otorgando alivios significativos en sanciones e intereses, siempre condicionados al pago total del capital adeudado.
Entre las obligaciones cobijadas se destaca la Tasa Especial de Seguridad y Convivencia Ciudadana, para la cual se ofrece un descuento del 90 % en los intereses de mora correspondientes a facturas expedidas durante 2025, específicamente para el primer, segundo y tercer trimestre del año. Los contribuyentes con esta deuda pueden acceder al beneficio a través de canales electrónicos habilitados por la Gobernación, donde se facilita la liquidación y el pago.
Descuentos aplicados a contribución de valorización y otros tributos
La ordenanza también contempla un descuento del 70 % en los intereses de mora para las obligaciones relacionadas con la contribución de valorización, que corresponde a un conjunto de proyectos viales desarrollados en el departamento. Estos descuentos buscan normalizar las deudas por obras de infraestructura gravadas en periodos anteriores.
Además, la medida incluye otros tributos departamentales como el impuesto al consumo, estampillas departamentales, contribución especial, sobretasa a la gasolina, impuesto al degüello y procesos contravencionales, con descuentos que varían según cada obligación dentro del rango general del 70 % al 90 % en intereses y sanciones. Algunos alivios alcanzan niveles cercanos al máximo previsto, siempre y cuando se pague la totalidad del capital.
Condiciones para acceder al beneficio y canales disponibles
Un aspecto fundamental es que los descuentos solo aplican si el contribuyente cancela el valor original del capital adeudado, sin incluir intereses ni sanciones acumuladas. Tras el pago del capital, se calcula el monto de intereses y sanciones sobre el cual se aplica el porcentaje de descuento autorizado.
El beneficio también puede aplicarse a obligaciones incluidas en acuerdos de pago firmados antes de la entrada en vigencia de la ordenanza, siempre que se realice la liquidación correspondiente con base en la tasa vigente definida por el Departamento.
La Gobernación ha dispuesto canales de orientación y pago para facilitar el acceso al beneficio. Los contribuyentes pueden recibir asesoría sobre la liquidación y procedimiento mediante líneas telefónicas, servicios de mensajería y plataformas electrónicas oficiales. Además, se han habilitado plataformas en línea para realizar pagos relacionados con la tasa de seguridad, contribución de valorización y otras obligaciones.
La administración departamental ha enfatizado el carácter temporal del beneficio, vigente únicamente hasta el 15 de septiembre. Después de esta fecha, las deudas no normalizadas podrían avanzar hacia procesos de cobro coactivo, con acciones administrativas y judiciales más estrictas. Por ello, se invita a personas naturales y jurídicas a revisar sus obligaciones pendientes y aprovechar los descuentos para evitar complicaciones futuras.
Esta medida forma parte de una política integral para fortalecer las finanzas públicas del departamento, reducir la morosidad y garantizar recursos para programas en áreas como seguridad, infraestructura y servicios sociales. La Ordenanza 10 de 2026 representa un instrumento excepcional para aliviar las cargas financieras de los contribuyentes morosos y mejorar la gestión del recaudo en Antioquia.





