Comprar una keratina por internet también concede derechos. La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó con $140.476.000 a Productos EPA Colombia S.A.S., empresa asociada a la influenciadora Daneidy Barrera, conocida como Epa Colombia, por incumplimientos relacionados con la garantía y la información ofrecida a sus clientes digitales.

La sanción no se produjo por la calidad o la seguridad sanitaria de las keratinas. La investigación estuvo concentrada en las condiciones bajo las cuales la compañía comercializaba sus productos por internet y en las herramientas disponibles para que sus compradores reclamaran, se retractaran o solicitaran la devolución de su dinero.

Uno de los hallazgos estuvo relacionado con la garantía. La empresa advertía que no asumía responsabilidad por productos adquiridos mediante distribuidores o terceros. Para la SIC, esa condición podía desconocer la responsabilidad que la legislación colombiana atribuye solidariamente a productores y proveedores.

Esto significa que una marca no puede desentenderse automáticamente de un reclamo solo porque el artículo fue comprado mediante un distribuidor. El consumidor conserva su derecho a exigir una respuesta cuando el producto presenta problemas cubiertos por la garantía legal.

La autoridad también encontró deficiencias en la información suministrada antes de completar las compras. La revisión incluyó la comercialización del Acondicionador Kolors, identificado como “Post Cuidado”, y de la Keratina verde de 300 mililitros. Según la investigación, la página no presentaba de manera suficiente algunas características esenciales de los productos.

El portal tampoco explicaba claramente el derecho de retracto ni el procedimiento para ejercerlo. Este mecanismo permite, bajo determinadas condiciones y dentro del plazo legal, arrepentirse de una compra efectuada por internet y solicitar la devolución del dinero.

La tercera irregularidad estuvo relacionada con la reversión del pago, una figura que puede solicitarse en ciertas transacciones electrónicas cuando existe fraude, una operación no autorizada, un producto que no llega, una entrega distinta a la solicitada o un artículo defectuoso. La SIC concluyó que la empresa no informó oportunamente sobre la existencia de este derecho.

La decisión recae sobre Productos EPA Colombia S.A.S. y no constituye una sanción personal contra Daneidy Barrera. Además, todavía puede ser discutida mediante los recursos de reposición y apelación, por lo que no necesariamente se encuentra en firme. La sanción y los recursos procedentes fueron confirmados en la información conocida sobre la actuación administrativa.

Al momento de esta publicación no se conocía un pronunciamiento de la compañía frente a los hallazgos. El caso deja una advertencia para todas las marcas que venden mediante páginas web y redes sociales: informar el precio y entregar el producto no es suficiente. También deben explicar las garantías, el retracto, la reversión de los pagos y los canales disponibles para presentar una reclamación.

Preguntas frecuentes

¿Por qué sancionó la SIC a Productos EPA Colombia S.A.S.?

La SIC impuso una multa de $140.476.000 por incumplimientos relacionados con la garantía y la información ofrecida en sus ventas por internet. La investigación no estuvo relacionada con la calidad ni con la seguridad sanitaria de las keratinas.

¿La multa fue impuesta personalmente contra Epa Colombia?

No. La sanción recae sobre Productos EPA Colombia S.A.S., empresa asociada a Daneidy Barrera, y no constituye una sanción personal contra la influenciadora.

¿Qué derechos de los compradores no fueron informados claramente?

La empresa no explicó de forma suficiente el derecho de retracto, la reversión del pago ni algunos aspectos de la garantía legal. Estos mecanismos permiten reclamar, solicitar la devolución del dinero o pedir una reversión en determinadas situaciones previstas por la ley.