Miguel Quintero pasó de mostrar en chats privados cómo avanzaban las reformas de su vivienda a cumplir en ella la medida de aseguramiento domiciliaria que le impuso un juez de Medellín por el proceso de presunta corrupción relacionado con contratos del Área Metropolitana y los Bomberos de Itagüí.
En los grupos de WhatsApp “Alternativos grupo de trabajo sin condones” y “Amiguitos”, que hacen parte de los elementos incorporados al expediente, aparecen conversaciones y fotografías en las que Quintero mostraba cómo estaba quedando su propiedad.
La Fiscalía ha utilizado estos chats dentro de la investigación sobre el supuesto entramado de contratación.
El contraste tomó fuerza luego de que Miguel Quintero comenzara a cumplir la detención domiciliaria en esa vivienda. El pasado domingo fue trasladado a la cárcel de Bellavista para su reseña y posteriormente regresó al inmueble, donde deberá permanecer mientras avanza el proceso.
La decisión judicial se produjo después de que la Fiscalía imputara a Quintero por interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación agravado, por hechos relacionados con seis contratos entre el Área Metropolitana y Bomberos de Itagüí, cuyo valor superó los $17.000 millones.
Según la Fiscalía, el presunto detrimento asociado al caso asciende a $2.481 millones y Quintero habría tenido una participación en los recursos investigados. Él no aceptó los cargos y se declaró inocente.
¿Hermano y «abogado?
Daniel Quintero, por su parte, respondió a las publicaciones sobre el inmueble y sostuvo que la propiedad fue comprada y construida en 2018, antes de que él llegara a la Alcaldía de Medellín en 2020. También afirmó que actualmente está ubicada en una vereda de estrato tres de Copacabana y que anteriormente su hermano vivía en El Poblado.
La discusión sobre la vivienda hace parte ahora de un proceso judicial más amplio. La Fiscalía y las víctimas apelaron la decisión de mantener a Miguel Quintero en prisión domiciliaria y buscan que sea enviado a un establecimiento carcelario.
La medida de aseguramiento no constituye una condena: la responsabilidad penal de Quintero deberá definirse durante el proceso.




