El Estatuto Antiterrorista anunciado por el Gobierno de Abelardo de la Espriella fue cuestionado el 7 de octubre de 2026 por el senador y jefe de la oposición Iván Cepeda, quien advirtió desde Colombia que el borrador podría afectar garantías judiciales y ser utilizado contra sectores que cuestionen al Ejecutivo. La iniciativa todavía está en fase de presentación y discusión ante el Consejo de Política Criminal y aún no es una ley, por lo que sus efectos y alcance definitivo no están definidos.
¿Qué contempla el Estatuto Antiterrorista?
Según los reportes conocidos, el Gobierno prepara una ley estatutaria con nuevas herramientas para enfrentar organizaciones y actores considerados terroristas, así como sus fuentes de financiación. El proyecto tendría que ser presentado inicialmente ante el Consejo de Política Criminal y luego radicado en el Congreso, donde deberá cumplir el trámite legislativo correspondiente.
Entre los elementos del borrador aparece la creación de un Registro Nacional de Organizaciones y Actores Terroristas. La propuesta contempla que una instancia técnica vinculada al Consejo de Seguridad Nacional elabore las listas y que ese órgano adopte la decisión de incluir a personas u organizaciones mediante un acto administrativo.
El registro podría ser consultado públicamente y tendría efectos sobre quienes aparezcan incluidos. El texto también plantea medidas relacionadas con fondos, activos y recursos económicos, además de una figura denominada acción de aprehensión preventiva abreviada, distinta de los procedimientos ordinarios de extinción de dominio.
Por tratarse de una ley estatutaria, la iniciativa tendría que someterse al control automático de la Corte Constitucional, según los reportes sobre su contenido. Sin embargo, el proyecto podría cambiar durante las discusiones institucionales y políticas antes de que se conozca una versión definitiva.
¿Qué denunció Iván Cepeda?
Iván Cepeda sostuvo que el proyecto podría otorgar al presidente facultades que, en su interpretación, invadirían competencias judiciales. Su principal reparo está relacionado con la posibilidad de que el jefe de Estado reglamente un procedimiento judicial estatutario sobre la aprehensión preventiva abreviada.
El senador afirmó que se concederían facultades extraordinarias al presidente para regular ese mecanismo y consideró que ello podría significar que el Ejecutivo asuma funciones propias de los jueces. También cuestionó que personas naturales puedan ser incluidas en listas nacionales o internacionales sin una decisión judicial previa.
De acuerdo con su advertencia, la inclusión en esos registros podría producir consecuencias patrimoniales, contractuales, financieras y reputacionales antes de que la persona afectada sea escuchada y pueda ejercer su defensa. Cepeda señaló que esta situación podría vulnerar la presunción de inocencia y el debido proceso.
Otro de sus cuestionamientos se refiere al registro público. El senador aseguró que la publicación de los nombres y documentos de identidad de las personas incluidas podría generar un señalamiento social comparable con una condena penal, pese a que no existiría necesariamente una sentencia judicial.
Cepeda también manifestó preocupación por la posibilidad de que decisiones tomadas por otros Estados produzcan efectos en Colombia. Según su lectura, esas decisiones podrían haber sido adoptadas con procedimientos y estándares probatorios diferentes, lo que afectaría la soberanía judicial y las garantías de contradicción y defensa.
¿Podría utilizarse contra la oposición?
La advertencia de Cepeda es que una definición amplia o indeterminada de terrorismo permitiría aplicar el mecanismo contra sectores de la oposición, personas que cuestionen al Gobierno o participantes de protestas sociales. El senador relacionó esa posibilidad con las consecuencias que tendrían las listas públicas y las medidas patrimoniales previstas en el borrador.
El representante Alejandro Toro, del Pacto Histórico, expresó preocupaciones similares ante Naciones Unidas. Solicitó que el proyecto establezca definiciones precisas, estándares claros de prueba y mecanismos judiciales eficaces para controvertir las decisiones antes de que causen daños irreparables.
Toro pidió además proteger de manera explícita la protesta pacífica, el periodismo, la investigación y la oposición política. Entre los riesgos que identificó están la inclusión de personas en registros públicos sin condena, el congelamiento de cuentas, las restricciones contractuales y otras consecuencias económicas.
La preocupación central de estos sectores es que una decisión administrativa produzca efectos inmediatos sobre la reputación, el patrimonio o la libertad de una persona sin control judicial previo. No obstante, estas son objeciones y advertencias sobre el contenido conocido del borrador, no efectos jurídicos que ya estén vigentes.
El Gobierno sostiene que el Estatuto Antiterrorista busca enfrentar grupos armados organizados y estructuras criminales, además de afectar sus fuentes de financiación. El ministro del Interior, Rodrigo Lara, habría descartado que la iniciativa sea aplicable de manera indiscriminada a la población o que establezca por sí misma medidas excepcionales.
Con la información disponible, no puede afirmarse que el proyecto ya permita perseguir legalmente a la oposición. Sí puede señalarse que sus listas públicas, medidas patrimoniales y reglas de inclusión podrían generar riesgos para los derechos políticos y el debido proceso si fueran aplicadas a actividades que no constituyan terrorismo. El alcance final dependerá del texto que llegue al Congreso, de los controles judiciales que incorpore y de la revisión de la Corte Constitucional.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Estatuto Antiterrorista anunciado por el Gobierno?
Es una propuesta de ley estatutaria que busca crear nuevas herramientas contra organizaciones y actores considerados terroristas, así como sus fuentes de financiación. El borrador incluye un Registro Nacional de Organizaciones y Actores Terroristas y medidas sobre fondos, activos y recursos económicos.
¿El Estatuto Antiterrorista ya es una ley vigente?
No. La iniciativa está en fase de presentación y discusión ante el Consejo de Política Criminal y todavía debe ser radicada en el Congreso, donde podría cambiar antes de una eventual aprobación y del control automático de la Corte Constitucional.
¿El Estatuto Antiterrorista podría afectar a la oposición?
Según las advertencias de Iván Cepeda y Alejandro Toro, una definición amplia de terrorismo podría generar riesgos para sectores de la oposición, la protesta pacífica, el periodismo y la investigación. Sin embargo, con la información disponible no puede afirmarse que el proyecto ya permita perseguir legalmente a la oposición, pues sus efectos dependerían del texto final y de su aplicación.




