Edgar Alexander Montañez Díaz fue condenado por maltrato animal agravado tras agredir de manera reiterada a Lucas, un perro criollo, entre mayo y julio de 2024 en un inmueble de Envigado, Antioquia. Según la investigación de la Fiscalía General de la Nación, los ataques incluyeron golpes y otras conductas violentas que causaron lesiones y sufrimiento al animal, en algunos casos frente a menores de edad y como represalia contra la entonces pareja sentimental del condenado. La sentencia impuso 20 meses de prisión y una inhabilidad por el mismo periodo para tener animales.

Condena por las agresiones contra Lucas

El proceso fue adelantado por el Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal, GELMA, de la Fiscalía. Los hechos ocurrieron durante varios meses de 2024 en una vivienda de Envigado, municipio del sur del área metropolitana del Valle de Aburrá, donde Montañez sometió al perro a agresiones reiteradas.

Las lesiones, el sufrimiento y las afectaciones físicas de Lucas fueron acreditados mediante peritajes veterinarios. La información divulgada por la Fiscalía señala que el maltrato no correspondió a un episodio aislado, sino a una serie de actos violentos que fueron documentados durante la investigación penal.

Además, las autoridades establecieron que algunos ataques se produjeron en presencia de menores de edad. La investigación también relacionó las agresiones con represalias contra quien entonces era la pareja sentimental de Montañez, un elemento que sitúa el caso dentro de un conflicto de pareja en el que el animal habría sido utilizado como medio de violencia. No obstante, la condena reportada corresponde al delito de maltrato animal agravado.

Una pena que no implica necesariamente cárcel

La decisión judicial fijó una pena de 20 meses de prisión y una inhabilidad por el mismo término para la tenencia de animales. Debido a que la sanción no supera el umbral legal aplicable a la prisión intramural, la condena no significa necesariamente que Montañez deba ser recluido en un establecimiento penitenciario.

El cumplimiento efectivo de la pena depende de las condiciones establecidas por el juez, la naturaleza del delito, los antecedentes y los requisitos previstos en el régimen penal colombiano. Por esa razón, no es preciso afirmar automáticamente que el condenado quedó en libertad o que recibió un beneficio específico sin consultar el texto completo de la sentencia.

El fallo reavivó el debate sobre la proporcionalidad de las penas por maltrato animal. Organizaciones y defensores de los animales han considerado un avance que este tipo de agresiones lleguen a los tribunales y produzcan condenas, pero también han expresado preocupación por el hecho de que algunas sanciones puedan cumplirse mediante mecanismos distintos a la prisión intramural.

Qué se conoce sobre la Ley Ángel

El caso se conoció después de la entrada en vigor de la Ley 2455 de 2025, conocida como Ley Ángel, una norma que fortaleció las herramientas penales y policivas para investigar y sancionar el maltrato animal en Colombia. La legislación contempla penas de prisión más altas para conductas que causen lesiones graves o la muerte, además de multas, restricciones para la tenencia de animales y medidas preventivas de protección.

Entre esas herramientas está la aprehensión material preventiva, que puede ser ejecutada por la Policía y los inspectores de Policía cuando existan indicios de que la vida o la integridad física o emocional de un animal están comprometidas. La norma también refuerza la posibilidad de imponer restricciones a personas condenadas por este tipo de conductas.

Sin embargo, las fuentes disponibles no permiten establecer si la sentencia contra Montañez aplicó directamente la Ley Ángel o si se fundamentó en disposiciones penales anteriores. Esto se debe a que las agresiones ocurrieron entre mayo y julio de 2024, antes de la nueva legislación, mientras que la condena fue reportada después de su entrada en vigor. La aplicación temporal de la norma deberá confirmarse con el texto íntegro del fallo o con un pronunciamiento oficial de la Fiscalía.

La Fiscalía informó que el caso de Lucas hace parte de varios procesos recientes impulsados por GELMA contra responsables de agresiones a animales de compañía en Antioquia, Bogotá y Cundinamarca. Para precisar la fecha exacta de la sentencia, el mecanismo de cumplimiento de la pena y el alcance de la inhabilidad, será necesario conocer la decisión judicial completa y confirmar si la prohibición se limita a la tenencia o también incluye el cuidado y manejo de animales.

Preguntas frecuentes

¿Quién fue condenado por maltrato animal en el caso de Lucas?

Edgar Alexander Montañez Díaz fue condenado por maltrato animal agravado. La Fiscalía señaló que agredió reiteradamente a Lucas, un perro criollo, entre mayo y julio de 2024 en Envigado, Antioquia.

¿Cuál fue la pena impuesta por las agresiones contra Lucas?

La sentencia impuso 20 meses de prisión y una inhabilidad por el mismo periodo para tener animales. La pena no implica necesariamente prisión intramural, pues su cumplimiento depende de las condiciones fijadas por el juez y del régimen penal aplicable.

¿Las agresiones contra Lucas estuvieron relacionadas con un conflicto de pareja?

Según la investigación, algunos ataques habrían ocurrido como represalia contra la entonces pareja sentimental de Montañez. También se estableció que ciertas agresiones fueron cometidas en presencia de menores de edad.