La Corte Suprema de Justicia concedió la libertad provisional a los excongresistas Iván Name Vásquez y Andrés Calle Aguas, procesados por su presunta participación en el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). La decisión, adoptada el viernes 9 de octubre de 2026, se fundamentó en el vencimiento de los términos procesales sin que hubiera culminado la audiencia pública de juzgamiento.

La medida no representa una absolución ni pone fin al proceso penal. Para recuperar la libertad, ambos deberán cumplir las condiciones establecidas por el alto tribunal, entre ellas el pago de una caución y la firma de un acta de compromiso.

¿Por qué la Corte les concedió la libertad?

De acuerdo con la información divulgada sobre la providencia AEP 140-2026, la Sala Especial de Primera Instancia aplicó la causal de libertad provisional contemplada en el numeral quinto del artículo 365 de la Ley 600 de 2000.

La Corte tuvo en cuenta que la resolución de acusación quedó en firme el 7 de octubre de 2025 y que, desde entonces, transcurrió el término legal sin que concluyera la audiencia pública de juzgamiento.

Aunque el plazo se amplió por la práctica de pruebas en el exterior, la Sala habría establecido que la demora no era atribuible a los procesados ni a sus abogados, una de las condiciones relevantes para conceder este beneficio.

La decisión ordena expedir las boletas de libertad correspondientes para el centro penitenciario La Picota, en Bogotá, donde permanecían recluidos Name y Calle. Sin embargo, la salida efectiva depende de que se completen los requisitos fijados y de que no existan otras órdenes judiciales que impidan su excarcelación.

Estas son las condiciones para salir de La Picota

Cada uno de los excongresistas deberá pagar una caución equivalente a diez salarios mínimos legales mensuales vigentes o presentar una póliza por ese valor. Reportes sobre la decisión sitúan la suma en cerca de 18 millones de pesos por persona, aunque el monto exacto debe establecerse conforme al valor legal aplicable.

También tendrán que suscribir un acta de compromiso y someterse a la verificación de las autoridades para establecer si existen otros requerimientos judiciales en su contra.

La providencia puede ser controvertida mediante los recursos de reposición y apelación, según corresponda dentro del trámite. Por tanto, su alcance procesal deberá evaluarse conforme a las actuaciones posteriores.

La libertad por vencimiento de términos se refiere a los plazos del proceso y no determina si los acusados son culpables o inocentes. Name y Calle continuarán vinculados al expediente y deberán atender las diligencias que programe la Corte.

Los presuntos sobornos de $4.000 millones en el caso UNGRD

Iván Name, expresidente del Senado, y Andrés Calle, expresidente de la Cámara de Representantes, fueron acusados por delitos relacionados con cohecho impropio y peculado por apropiación en favor de terceros, agravado, de acuerdo con la calificación jurídica divulgada sobre el expediente.

Según la hipótesis de la investigación, cuando ambos dirigían sus respectivas corporaciones legislativas habrían recibido dinero para favorecer iniciativas del Gobierno Nacional que se encontraban en trámite en el Congreso.

A Name se le atribuye presuntamente la recepción de 3.000 millones de pesos, mientras que a Calle se le relaciona con otros 1.000 millones de pesos. Estas sumas forman parte de las acusaciones y no deben presentarse como hechos judicialmente probados.

El expediente se apoya, entre otros elementos, en las declaraciones de Olmedo López, exdirector de la UNGRD, y Sneyder Pinilla, exsubdirector de la entidad, quienes han sido señalados como testigos relevantes dentro de las investigaciones.

El escándalo también comprende presuntas irregularidades en la contratación de la UNGRD, entre ellas las relacionadas con la adquisición de carrotanques destinados al suministro de agua a comunidades de La Guajira.

El proceso judicial continuará pese a la libertad provisional

La decisión se conoce en medio de nuevas actuaciones relacionadas con el caso UNGRD. Durante la misma semana, Olmedo López y Sneyder Pinilla fueron trasladados a la cárcel La Picota, un movimiento frente al cual sus defensas expresaron preocupación por los posibles riesgos para su seguridad, según reportes divulgados.

El caso ha involucrado investigaciones sobre posibles irregularidades contractuales y el presunto uso de recursos públicos para favorecer intereses políticos. Las responsabilidades individuales deben establecerse en los respectivos procesos judiciales.

Con la decisión del 9 de octubre, Name y Calle podrían afrontar el proceso fuera de prisión una vez se cumplan las condiciones exigidas. El juicio seguirá su curso y la libertad provisional no elimina los cargos ni constituye una decisión definitiva sobre su responsabilidad penal.

Preguntas frecuentes

¿Iván Name y Andrés Calle quedaron libres por vencimiento de términos?

La Corte Suprema les concedió la libertad provisional porque vencieron los términos procesales sin que terminara la audiencia pública de juzgamiento. La medida no es una absolución y ambos seguirán vinculados al proceso por el caso UNGRD.

¿Qué condiciones deben cumplir Iván Name y Andrés Calle para salir de La Picota?

Cada excongresista debe pagar una caución equivalente a diez salarios mínimos legales mensuales vigentes o presentar una póliza por ese valor, además de firmar un acta de compromiso. La salida efectiva también depende de verificar que no existan otras órdenes judiciales en su contra.

¿La libertad provisional elimina los cargos contra Iván Name y Andrés Calle?

No. El proceso judicial continuará y la libertad por vencimiento de términos no determina si son culpables o inocentes ni elimina los cargos relacionados con el caso UNGRD.