El presidente Abelardo de la Espriella anunció que firmará durante esta semana un nuevo decreto para regular la actuación de las autoridades durante las protestas en Colombia. La propuesta modificaría el Decreto 003 de 2021, que establece el protocolo de actuación estatal frente a las manifestaciones públicas, y busca diferenciar las movilizaciones pacíficas de los hechos de violencia.

El anuncio se realizó durante una alocución presidencial el lunes festivo 12 de octubre de 2026. Según el Gobierno, el diálogo seguirá siendo la primera respuesta ante las manifestaciones, pero las autoridades tendrían reglas más precisas para intervenir cuando se presenten agresiones, uso de armas, retención de personas o afectaciones graves a terceros y a los servicios esenciales.

El Ministerio del Interior ya había publicado un proyecto de modificación normativa para recibir comentarios ciudadanos. Sin embargo, el alcance definitivo de las medidas dependerá del texto que sea expedido y publicado oficialmente.

¿Qué cambiaría con el nuevo decreto de protestas?

La reforma busca precisar las circunstancias en las que las autoridades pueden actuar frente a hechos violentos durante una movilización. Entre las conductas mencionadas en la propuesta están:

  1. Agresiones físicas contra manifestantes, ciudadanos o integrantes de la Fuerza Pública.
  2. Uso de armas u objetos que puedan causar lesiones.
  3. Retención de personas.
  4. Destrucción de bienes e infraestructura.
  5. Bloqueos que afecten servicios esenciales o impidan la atención de emergencias.
  6. Obstáculos al paso de ambulancias y misiones médicas.

El Gobierno sostiene que la intención es proteger el derecho a la protesta pacífica y evitar que las conductas delictivas queden amparadas bajo el ejercicio de la movilización ciudadana.

Durante su intervención, De la Espriella resumió su posición con la frase: “Ni un derecho menos para quien protesta en paz, ni un espacio más para quien destruye y hace terrorismo urbano”.

No obstante, la inclusión de determinadas conductas en el protocolo no elimina la obligación de las autoridades de evaluar cada situación y actuar conforme a la Constitución, la ley y las reglas aplicables al uso de la fuerza.

El diálogo sería la primera respuesta, pero habría condiciones para intervenir

La propuesta contempla un esquema de actuación que comienza con la gestión de convivencia, el diálogo directo y la mediación entre las autoridades y los participantes de la protesta.

La intervención de la Fuerza Pública podría avanzar cuando se presenten hechos violentos o situaciones que pongan en riesgo a las personas, la infraestructura o la prestación de servicios esenciales. Entre los escenarios señalados están las agresiones contra periodistas y personal sanitario, la obstrucción de misiones médicas y las afectaciones al paso de vehículos de emergencia.

El proyecto también plantea mecanismos para facilitar el tránsito de ambulancias y garantizar la atención de urgencias en medio de bloqueos prolongados.

Uno de los puntos que deberá revisarse en el texto definitivo es cómo se determinará que las medidas de diálogo y mediación resultan insuficientes, qué autoridad tomará esa decisión y cuáles serán los límites de la intervención policial.

La aplicación de estas disposiciones deberá respetar el derecho a la reunión y a la protesta pacífica, así como los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza.

¿El decreto ya está firmado?

El Gobierno anunció que la firma se produciría durante la semana del 12 de octubre, pero ese anuncio no equivale a la expedición formal de la norma.

El Ministerio del Interior publicó el 28 de septiembre el proyecto de decreto que modifica disposiciones del Decreto 003 de 2021. El documento estuvo abierto a observaciones ciudadanas hasta el 4 de octubre, como parte del proceso de discusión de la reforma.

Para establecer cuáles reglas entrarán efectivamente en vigor, es necesario consultar el decreto definitivo, su fecha de expedición, su publicación oficial y las disposiciones que establezca sobre su aplicación.

La diferencia es importante: mientras un proyecto permite conocer las intenciones del Gobierno, solo el acto administrativo expedido y publicado permite precisar el contenido de las reglas que finalmente regirán.

El estatuto antiterrorista será una iniciativa diferente

Durante la misma alocución, De la Espriella anunció que presentará ante el Congreso un proyecto de ley de estatuto antiterrorista.

Según lo divulgado por el Ejecutivo, la iniciativa incluiría medidas relacionadas con el registro de organizaciones terroristas, el congelamiento de bienes, restricciones para contratar con el Estado, sanciones por el uso de drones en ataques y beneficios penales para quienes entreguen información eficaz antes de la acusación.

A diferencia del decreto sobre protestas, el estatuto antiterrorista deberá surtir el trámite legislativo correspondiente y no entrará en vigor únicamente por decisión o firma del presidente.

Ambas iniciativas forman parte de los anuncios de seguridad del Gobierno, pero tienen alcances jurídicos diferentes: una busca modificar el protocolo administrativo de actuación durante las manifestaciones y la otra plantea cambios que tendrían que tramitarse mediante una ley.

La reforma se anuncia en medio de nuevas movilizaciones

El anuncio presidencial se produjo en vísperas de la movilización nacional convocada para el miércoles 14 de octubre. El Gobierno afirmó que garantizará el ejercicio de la protesta pacífica y pidió evitar actos violentos y bloqueos que impidan la atención de emergencias.

El debate sobre la reforma estará centrado en cómo equilibrar la protección de la protesta como derecho constitucional con la actuación de las autoridades frente a agresiones, daños y riesgos para terceros.

El punto decisivo será el contenido del decreto definitivo: sus causales de intervención, los procedimientos que deberán seguir las autoridades y las garantías previstas para quienes participen pacíficamente en las movilizaciones.

Preguntas frecuentes

¿Qué cambiaría con el nuevo decreto de protestas en Colombia?

El decreto modificaría el Decreto 003 de 2021 para precisar la actuación de las autoridades frente a hechos violentos durante las manifestaciones. La propuesta contempla medidas ante agresiones, uso de armas, retención de personas, daños a bienes y bloqueos que afecten servicios esenciales o emergencias.

¿El nuevo decreto de protestas ya está firmado y vigente?

No está confirmado que el decreto ya haya sido expedido, pues el Gobierno anunció que lo firmaría durante la semana del 12 de octubre de 2026. Para conocer las reglas definitivas es necesario consultar el texto expedido, su fecha de publicación oficial y las disposiciones sobre su aplicación.

¿Cómo actuarían las autoridades durante las protestas según la propuesta?

La primera respuesta sería la gestión de convivencia, el diálogo directo y la mediación con los participantes. La intervención de la Fuerza Pública podría avanzar ante hechos violentos o riesgos para las personas, la infraestructura, los periodistas, el personal sanitario y los servicios de emergencia, respetando la legalidad, la necesidad y la proporcionalidad.