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¿En qué sí puede gastar las cesantías? Esto recordó la Corte

¿En qué sí puede gastar las cesantías? Esto recordó la Corte

Imagen de referencia. Generada con IA
Corte Suprema confirma que las cesantías solo pueden retirarse anticipadamente para vivienda y educación
La Corte Suprema de Justicia determinó recientemente que en Colombia el retiro adelantado de cesantías está autorizado únicamente para cubrir gastos de vivienda o educación, decisión emitida en Bogotá al analizar el caso de un trabajador despedido tras utilizar estos recursos con fines diferentes.

Según lo ratificado, situaciones como compra, remodelación o ampliación de vivienda, pago de créditos hipotecarios, así como matrículas y otras obligaciones educativas para el empleado, su cónyuge o hijos, son los únicos motivos admitidos para acceder a estos fondos. De acuerdo con la sentencia, usar el dinero en otro propósito representa un incumplimiento considerado falta grave que permite la terminación del contrato laboral con justa causa.

El pronunciamiento de la Sala de Casación Laboral partió de normas clarificadas en la Ley 50 de 1990 y decretos vigentes, las cuales exigen presentar soportes oficiales como escrituras, facturas y recibos que pruebasen el gasto realizado en los conceptos permitidos; este proceso debe ser verificado tanto por el empleador como por el fondo de cesantías correspondiente antes y después del desembolso. El control busca garantizar que los fondos se destinen concretamente a pagos de vivienda o educación en entidades oficialmente reconocidas.

El alto tribunal recordó que las cesantías son una obligación social distintiva, orientada a servir de seguro en caso de desempleo o para cubrir excepcionalmente los costos mencionados durante la vigencia del contrato. Su uso indebido, basado en hechos verificados o documentos adulterados, pueden originar sanciones laborales, la terminación del vínculo por parte del empleador e incluso investigaciones ante las autoridades competentes.

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