El Inpec ordenó y ejecutó el traslado de Olmedo López y Sneyder Pinilla a la cárcel La Picota, en Bogotá, el 6 de octubre de 2026, por razones de seguridad penitenciaria y bajo estrictas medidas de custodia. La decisión cobijó al exdirector y al exsubdirector de la UNGRD, quienes permanecían recluidos en establecimientos destinados a miembros de la Fuerza Pública. El presidente Abelardo De La Espriella afirmó que dio la orden y aseguró que se acabaron los privilegios, aunque el acto administrativo fue expedido formalmente por la Dirección General del Inpec.

Traslado de Olmedo López y Sneyder Pinilla a La Picota

La medida quedó consignada en la Resolución 008041 del 6 de octubre de 2026, firmada por el director general del Inpec, coronel Daniel Fernando Gutiérrez Rojas. Según el documento, López fue trasladado desde el Cantón Caldas, mientras que Pinilla salió de la Escuela de Artillería. Ambos fueron llevados al Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano de Bogotá, conocido como La Picota.

La resolución también ordenó el traslado de otras personas privadas de la libertad y dispuso que el operativo se desarrollara con “rigurosas, máximas y extremas medidas de seguridad”. Para su ejecución se estableció la coordinación entre las autoridades penitenciarias y la Fuerza Pública.

El Inpec explicó que la decisión se tomó a partir de una recomendación de la Dirección de Custodia y Vigilancia y de una valoración relacionada con las condiciones de seguridad de los internos. La legislación penitenciaria contempla los traslados cuando resultan necesarios para proteger a la persona privada de la libertad o a otros reclusos.

El presidente atribuyó la decisión a una orden suya

Después de que se conociera el traslado, el presidente publicó en la red social X: “¡Se acabó la guachafita y se acabaron los privilegios! Di la orden y hoy se cumplió: Olmedo López y Sneyder Pinilla fueron trasladados a La Picota”.

En el mismo mensaje, el mandatario sostuvo que los recursos involucrados en el escándalo estaban destinados a llevar agua a comunidades, alimentar niños, ayudar a familias afectadas y atender emergencias. También afirmó que durante su Gobierno no habría cárceles VIP, pabellones especiales ni tratos privilegiados para personas con poder o influencias.

Sin embargo, la atribución política del presidente debe diferenciarse de la competencia administrativa. La información disponible indica que el traslado fue ordenado mediante una resolución de la Dirección General del Inpec, entidad que tiene a su cargo la administración y vigilancia del sistema penitenciario. Hasta ahora, el acto administrativo señala como fundamento las condiciones de seguridad y no menciona publicaciones periodísticas recientes como causa de la medida.

Las defensas cuestionan la orden administrativa

La defensa de Sneyder Pinilla solicitó dejar sin efectos el traslado y argumentó que existe una decisión judicial vigente que dispone su permanencia en un centro de reclusión militar. Su abogado, Luis Gustavo Moreno, sostuvo que las decisiones de los jueces de la República deben ser respetadas y cumplidas.

La defensa de López también cuestionó la decisión y señaló que el traslado podría desconocer una orden judicial previa relacionada con su permanencia en el Cantón Militar Caldas por razones de seguridad. Por esa razón, aunque el Inpec reportó que el operativo ya fue ejecutado, continúa una controversia jurídica sobre la compatibilidad entre la resolución administrativa y las órdenes judiciales anteriores.

El traslado no modifica por sí mismo la situación jurídica de los dos investigados. Pinilla fue condenado mediante un preacuerdo con la Fiscalía por los delitos de concierto para delinquir agravado y peculado por apropiación agravado, mientras que López continúa procesado y está a la espera de una decisión definitiva.

El proceso por el escándalo de la UNGRD

El caso está relacionado con presuntas irregularidades en contratos de la UNGRD, entre ellas la adquisición de carrotanques destinados a atender necesidades de agua en La Guajira. Las investigaciones también apuntan a un supuesto desvío de recursos para favorecer acuerdos políticos y comprometen a exfuncionarios, contratistas y figuras políticas mencionadas en los expedientes.

En el caso de López, la Fiscalía le atribuye, entre otros delitos, falsedad ideológica en documento público agravada, falsedad en documento privado, interés indebido en la celebración de contratos, peculado por apropiación y concierto para delinquir. Pinilla, por su parte, aceptó un preacuerdo que derivó en una condena con pena privativa de la libertad.

Ambos han sido considerados testigos relevantes dentro de la investigación sobre el entramado de corrupción de la entidad. No obstante, la responsabilidad penal de las personas vinculadas debe definirse en las decisiones judiciales correspondientes y no únicamente a partir de declaraciones públicas o actuaciones administrativas.

En los días previos también se reportaron medidas cautelares de la Fiscalía sobre bienes relacionados con varios investigados, decisiones de responsabilidad fiscal de la Contraloría por irregularidades asociadas con los carrotanques y una investigación disciplinaria de la Procuraduría por un contrato de servicios logísticos para atender una emergencia. El traslado a La Picota queda así enmarcado en el caso UNGRD, entre el argumento oficial de seguridad penitenciaria, el discurso presidencial contra los privilegios y los cuestionamientos de las defensas.

Preguntas frecuentes

¿Por qué trasladaron a Olmedo López y Sneyder Pinilla a La Picota?

El Inpec ordenó y ejecutó el traslado el 6 de octubre de 2026 por razones de seguridad penitenciaria y bajo estrictas medidas de custodia. La decisión quedó registrada en la Resolución 008041 y llevó a ambos desde establecimientos destinados a miembros de la Fuerza Pública al complejo carcelario La Picota, en Bogotá.

¿Quién ordenó formalmente el traslado de Olmedo López y Sneyder Pinilla?

Aunque el presidente Abelardo De La Espriella afirmó que dio la orden, el acto administrativo fue expedido y firmado por la Dirección General del Inpec. La resolución señala como fundamento las condiciones de seguridad de las personas privadas de la libertad.

¿El traslado a La Picota cambia la situación jurídica de Olmedo López y Sneyder Pinilla?

No, el traslado no modifica por sí mismo la situación jurídica de los dos investigados. Sneyder Pinilla fue condenado tras un preacuerdo con la Fiscalía, mientras que Olmedo López continúa procesado y a la espera de una decisión definitiva.