Imagen de referencia. Generada con IA
Recibir dinero por error no convierte al receptor en dueño de esos recursos en Colombia. La legislación exige la devolución de montos consignados por equivocación en cuentas bancarias o billeteras digitales; de lo contrario, pueden aplicarse sanciones penales que incluyen prisión y multas, según lo dispuesto en el Código Penal y el Código Civil.
El aumento de este tipo de casos ha sido evidente en el país por el auge de plataformas de envío de dinero inmediato como Nequi y Daviplata. Estas aplicaciones, al necesitar únicamente el número de celular para transferencias, no están facultadas para revertir fondos sin el consentimiento del receptor. Habitualmente, recomendan solicitar la devolución mediante opciones internas, pero aclaran que no garantizan el retorno del dinero, ya que solo pueden actuar como intermediarias.
En el ámbito penal, existe el delito de aprovechamiento de error ajeno. Apropiarse de un dinero transferido por falta del emisor acarrea desde 16 hasta 54 meses de prisión. Si el valor no supera los 10 salarios mínimos, la pena oscila entre 16 y 36 meses, con pérdida de libertad ampliada en los casos aplicables por leyes posteriores. Surgen también responsabilidades por abuso de confianza si el receptor retiene intencionalmente el dinero, en algunos escenarios regulados por la legislación.
Desde lo civil, quien recibe recursos que no le correspondían está legalmente obligado a devolverlos. Igualmente, inmobiliariamente quien actúe de mala fe debe pagar intereses sobresalientes. Un reclamo de dinero por error prescribe en diez años en la vía civil, mientras que los hechos penales asociados usualmente prescriben a los cinco años, ajustándonos según el monto y posibles agravantes contemplados en la ley.

