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Juez impone multa a Daniel Quintero por no retractarse públicamente en demanda contra concejal en Antioquia
Un juzgado de Medellín sancionó con seis salarios mínimos legales vigentes al candidato presidencial Daniel Quintero Calle por desacatar una orden judicial que le exigía retractarse públicamente de las acusaciones formuladas contra el concejal Sebastián López, director del Centro Democrático en Antioquia.
El Juzgado 3º de Pequeñas Causas Laborales dictó la decisión luego de que Quintero no cumpliera adecuadamente la rectificación mandatada el 18 de diciembre de 2025. Aunque el exalcalde divulgó un video en sus redes sociales admitiendo el error, el juez determinó que la retractación no fue clara ni vinculante conforme a lo requerido en el fallo.
La controversia inició en noviembre de 2025 cuando Quintero denunció que López habría controlado la Procuraduría Regional para perseguirlo políticamente. La justicia consideró estas afirmaciones infundadas y lesivas contra la honorabilidad del concejal, argumentando que sobrepasaron los límites de la libertad de expresión y afectaron los derechos a la honra y buen nombre.
Además, la tutela presentada por Quintero el 11 de febrero en defensa de su libertad de expresión fue rechazada por considerar que no existen ofensas actuales ni inminentes determinantes para concederla.
Posteriormente, el 12 de febrero de 2026, Quintero emitió una rectificación señalando que no posee pruebas ni justificación para acusar a López del supuesto control sobre la Procuraduría. Sin embargo, esta aclaración fue calificada como insuficiente por el concejal, quien otorgó un plazo de 24 horas para que la retractación se ajuste a los términos judicialmente ordenados.
De persistir el incumplimiento, López advirtió que presentará de nuevo un incidente por desacato, que también podría acarrear medidas más severas, incluyendo orden de captura. Esta etapa judicial se suma a otros procesos que enfrenta Quintero por presuntas irregularidades durante su cargo como alcalde de Medellín.
El fallo ratifica la postura de los tribunales de limitar la libertad de expresión cuando se hacen acusaciones gravemente puntuales sin registro probatorio válido, reforzando el tratamiento reservado a casos que afectan la reputación individual de funcionarios público.

