Quienes prestaron el servicio militar obligatorio en Colombia pueden solicitar que ese tiempo sea tenido en cuenta para efectos pensionales. La Ley 1861 de 2017 contempla el reconocimiento del periodo servido tanto en entidades estatales como en fondos privados, siempre que se cumplan las condiciones legales y se adelante el trámite correspondiente. Según la duración del servicio, el periodo puede representar aproximadamente 52 semanas si fue de 12 meses o 78 semanas si fue de 18 meses.

¿Qué ley permite sumar el tiempo del servicio militar para la pensión?

El fundamento legal está en el artículo 45 de la Ley 1861 de 2017, que establece que el tiempo de servicio militar debe computarse para efectos de las pensiones de vejez e invalidez, de acuerdo con las condiciones previstas en la norma.

La disposición también contempla a los fondos privados de pensiones. Por eso, quienes cotizan en Colpensiones o están afiliados a una administradora privada pueden consultar si el periodo que pasaron en las Fuerzas Militares puede incorporarse a su historial pensional.

La duración del servicio militar fue modificada por la Ley 2384 de 2024. En términos generales, el servicio es de 18 meses para quienes no son bachilleres y 12 meses para bachilleres, aunque deben revisarse las reglas aplicables a cada persona y al periodo en el que prestó el servicio.

¿Cuántas semanas puede sumar a su pensión?

La equivalencia depende del tiempo efectivamente reconocido por la autoridad competente. Como referencia, 12 meses de servicio militar representan aproximadamente 52 semanas, mientras que 18 meses equivalen a unas 78 semanas. Estas cifras son orientativas y no sustituyen la certificación oficial ni la validación de la administradora pensional. El resultado dependerá de las fechas exactas de incorporación y licenciamiento, así como de las condiciones legales aplicables al caso.

Es importante tener presente que el reconocimiento de este periodo no garantiza por sí solo el derecho a pensionarse. La persona debe cumplir los demás requisitos exigidos por el régimen pensional al que pertenece.

¿Cómo solicitar que se incluya el servicio militar en la historia laboral?

El periodo no debe darse por incorporado automáticamente. El afiliado debe revisar su historia laboral y solicitar formalmente la validación cuando el tiempo servido no aparezca registrado.

Para iniciar el trámite, se recomienda reunir la cédula de ciudadanía, la libreta militar y la información disponible sobre las fechas de incorporación y retiro, el contingente y la unidad militar. Si la administradora requiere un documento oficial que acredite el periodo, se debe consultar ante la autoridad militar competente cómo obtenerlo.

Después, es necesario ingresar a los canales oficiales de Colpensiones o del fondo privado correspondiente y comprobar si el tiempo de servicio ya figura en la historia laboral. Si no aparece, el afiliado debe radicar la solicitud con los soportes exigidos, guardar el número de radicado y hacer seguimiento hasta obtener una respuesta y verificar la actualización del registro.

En el caso de Colfondos, la entidad dispone de un procedimiento para registrar la información del servicio militar. El afiliado debe consultar sus canales oficiales para conocer la ruta vigente y los datos específicos que debe suministrar.

¿Qué debe revisar antes de solicitar el reconocimiento?

Antes de iniciar el proceso, conviene confirmar que las fechas registradas en los documentos militares coincidan con el periodo que se pretende acreditar. Las diferencias en los datos o la falta de una certificación pueden retrasar la revisión.

También es recomendable consultar una copia actualizada de la historia laboral y conservar los documentos que respalden la petición. Si la administradora niega el reconocimiento o no actualiza la información, el afiliado puede solicitar una explicación formal y consultar los mecanismos de reclamación disponibles.

El trámite resulta especialmente relevante para quienes están cerca de cumplir los requisitos pensionales, porque el reconocimiento puede modificar el total de semanas o el tiempo acreditado. Su efecto concreto debe evaluarse con base en la historia laboral y las normas aplicables a cada afiliado.

Preguntas frecuentes

¿Puedo sumar el tiempo del servicio militar si estoy afiliado a un fondo privado?

Sí. La Ley 1861 de 2017 contempla el cómputo del tiempo de servicio militar para efectos pensionales también en los fondos privados, sujeto a las condiciones legales y a la acreditación del periodo.

¿Cuántas semanas representan 12 o 18 meses de servicio militar?

Como referencia, 12 meses equivalen aproximadamente a 52 semanas y 18 meses a unas 78 semanas. La cantidad reconocida depende de la certificación del tiempo efectivamente servido y de la validación de la administradora.

¿Las semanas del servicio militar aparecen automáticamente en la historia laboral?

No debe suponerse que el registro se realiza de manera automática. El afiliado debe revisar su historia laboral y, si el periodo no aparece, solicitar formalmente su certificación y reconocimiento ante la administradora pensional.