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Fajardo vs. Pipe Córdoba: pelea por TikTok terminó en intervención de la SIC

Cuenta oficial de X de Sergio Fajardo
La Superintendencia de Industria y Comercio negó el bloqueo de un video en TikTok de la campaña del excontralor Carlos Felipe Córdoba

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) rechazó la solicitud del precandidato presidencial Sergio Fajardo para bloquear temporalmente un video publicado en TikTok por el excontralor Carlos Felipe Córdoba. La decisión se tomó al considerar que la reclamación no se ajustaba a la Ley 1581 de 2012 sobre protección de datos personales y que el contenido podría estar amparado por la libertad de expresión e información.

El 4 de noviembre de 2025, Fajardo pidió formalmente limitar el alcance del video, según indicó la cuenta @elcontralorcol, como parte de una miniserie llamada “Hidroituango: la historia”, en la que se harán señalamientos sobre supuestos hechos de corrupción. El precandidato argumentó que en el video se habría utilizado su imagen, voz y nombre sin autorización, que se trataba de una campaña sostenida de desinformación desde las elecciones de 2022 y que dichos elementos habrían afectado su reputación, confundiendo a la ciudadanía y vulnerando sus derechos fundamentales.

Luego de la revisión del contenido, la Delegatura para la Protección de Datos Personales estableció que la petición no aplicaba dentro del alcance de la Ley 1581 de 2012, debido a que las cuentas personales en redes sociales no son consideradas bases de datos ni responsables del tratamiento regulados por esta norma. La SIC descartó la obligación total para cualquier usuario de redes de ese tipo de medidas, pues la prevalencia sería absurda y contraria al propósito de la legislación.

Además, la Superintendencia destacó que el video podría estar protegido por la libertad de expresión y de información, dado que trata temas de debate público que involucran a figuras con proyección política, como Fajardo y Córdoba. “Los debates sobre la veracidad de la información, el impacto reputacional o los límites del discurso político deben resolverse mediante mecanismos judiciales apropiados y no a través de procedimientos administrativos sobre protección de datos personales”, indicó la entidad.

Por su parte, Carlos Felipe Córdoba celebró la decisión y afirmó que “la libertad de expresión prevalece” y que los colombianos tienen derecho a conocer “la verdad sobre Hidroituango, las pérdidas fiscales y los procesos penales en curso”. Argumentó que la Ley de Protección de Datos no es un instrumento para censurar investigaciones ni proteger la imagen de funcionarios bajo investigación. Esta controversia surge en un contexto delicado para Fajardo, quien actualmente enfrenta un proceso penal en la Corte Suprema de Justicia por presunto peculado y contrato sin cumplimiento de requisitos legales, vinculados a un crédito en dólares con presunto detrimento millonario para Antioquia.

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